EL DERECHO
Saludos!
En este tema trataremos de
explicar los conceptos relacionados al derecho y compartiré ejemplos basados en
mi experiencia personal.
Concepto
de Derecho
Para comprender el tema iniciaremos con la
definición de “Derecho” dada por Hans Kelsen en su libro La Teoría pura
del Derecho. Gernika. México.1993
“El Derecho es
el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades,
que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los
miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad,
libertad y justicia”
Es decir, cuando
nos referimos a derecho, hablamos de reglas o normas que buscan permitirnos
vivir en una sociedad segura, libre, justa y ordenada.
Derecho
objetivo y Subjetivo
El derecho objetivo es el que conforma las normas que la ley hace
obligatoria su cumplimiento.
Mientras que el derecho subjetivo se refiere a las
facultades del individuo reconocidas por la ley y que pueden poner en practica
si es de su interés.
Ejemplo.
Hace aproximadamente 3 meses, me nació
el interés de cambiar mi celular móvil a uno más avanzado y muy atractivo. Para
comprarlo decidí vender el que antes tenía y de esta forma completar el dinero
para comprar el otro. Rápidamente conseguí un comprador, con el que acorde un
precio, el lugar de la entrega y le vendí mi equipo. Así pude comprar mi nuevo
celular.
Al tomar la decisión de vender el celular,
hice uso de un derecho subjetivo,
porque tengo la opción de elegir si vender mi celular o no, nada me obliga.
Ahora bien, una vez acordado el
precio del celular con el comprador y al haberme entregado el dinero estoy
obligado a entregarle el equipo que me ha comprado, en este caso se ve un derecho objetivo.
Los enunciados del Código Civil de
la Republica Dominicana al respecto son estos:
Art. 1594.- Pueden comprar o vender
todos aquellos a quienes la ley no se lo prohíbe
Art. 1603.- Existen dos
obligaciones principales: la de entregar, y la de garantizar la cosa que se
vende
Art. 1609.- La entrega de la cosa
debe efectuarse en el lugar en que estaba al tiempo de hacerse la venta, sino
se ha convenido de otra manera.
Art. 1612.- No está obligado el
vendedor a entregar la cosa, si el comprador no da el precio, en el caso de no
haberle concedido aquél un plazo para el pago.
Tipos
de Normas
Para familiarizar el concepto vamos
a ver la definición dada en el libro de Floresgomez González, Fernando y
Carvajal Moreno, Gustavo, Nociones de Derecho Positivo Mexicano, Editorial
Porrúa, Vigésima quinta Edición, México 1986.
“Regla que se debe seguir o a que
se deben ajustar las conductas, tareas, actividades”
Normas Jurídicas
Las Normas Jurídicas son las reglas establecidas por la ley, son
obligatorias y el no cumplimiento debe ser castigado por la Ley.
Ejemplo: En la UASD me ha tocado
varias veces salir corriendo por motivos de huelgas y cuando salgo es común encontrar
el transito paralizado con gomas encendidas en las calles.
Sin embargo, hay una Norma Jurídica, que prohíbe esta práctica,
y de hacerla debe ser castigado.
El enunciado de la Ley No. 63-17,
de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República
Dominicana. G. O. No. 10875 del 24 de febrero de 2017 al respecto es:
Artículo 146.- Obstáculos al libre
tránsito. Queda prohibido incendiar neumáticos, colocar clavos, grapas o
cualquier objeto en las vías públicas o paseos dentro de la servidumbre de paso
que obstaculice el libre tránsito. Quien viole esta disposición con el fin de
impedir el libre tránsito por las calles y carreteras será sancionado con la
pena de prisión de uno (1) a seis (6) meses o con multa de cinco (5) a diez
(10) salarios mínimos del sector público centralizado, o ambas penas a la vez.
Normas
Sociales
Las Normas Sociales, son aquellas que nos permiten mejorar nuestra convivencia,
pero que no tiene sanciones legales, sino que la sociedad los margina a quienes
no las cumplen.
Ejemplo: Ayer, al llegar a la casa
lo primero que hice fue saludar a mi esposa y a mi madre que nos visitaba. Como
lleve un poco cansado y con sed, pedi un baso de agua, al dármelo le di las
gracias.
El hecho de saludar y dar las
gracias es una norma social, no está penalizada por la ley, pero si está mal
visto el no hacerlo.
Normas Morales
Las Normas Morales son normas creadas por cada individuo y que solo uno
mismo tiene la obligación cumplirlas.
Ejemplo: Me he propuesto que cada día,
antes de salir voy a dejar todo ordenado.
Esta es una norma que yo me he puesto
y que es solo mi responsabilidad cumplir.
Derecho
Público y Privado
Derecho
publico
Es el conjunto de normas que rigen el gobierno, el estado y las
organizaciones del estado y la de particulares relacionadas con el estado.
En este caso entra un derecho
público que permite a las instituciones publicas de transporte no permitir
parquear en algunas calles, también el ejemplo anterior de las huelgas entra en
esta categoría.
El enunciado de la Ley No. 63-17,
de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República
Dominicana. G. O. No. 10875 del 24 de febrero de 2017 al respecto es:
Artículo 148.- Ordenanzas
municipales. Los ayuntamientos basados en estudios técnicos de ordenación
urbana y circulación podrán dictar ordenanzas que reglamenten el tránsito y el
estacionamiento de vehículos, siempre que no estén en conflicto con las
disposiciones de esta ley, sus reglamentos o las decisiones generales dictadas
por el INTRANT.
Derecho
Privado
Son aquellas normas que utilizan los particulares, normas que no están
enteramente relacionadas al estado.
Ejemplo: Hace unos años trabajaba en una empeza privada, cuando
inicie a trabajar ahí, me hicieron firmar un contrato de trabajo. En este
estaban las diferentes normas del trabajo.
En este caso se ve el derecho
privado, un pacto entre la empresa privada y el empleado.
Fuentes del derecho: Ley, Jurisprudencia y Costumbre
Se le llama fuente del derecho a todas las reglas de donde surge o
nace el derecho.
La
Ley
La ley es el conjunto de todas las normas o reglas que son
dictadas por las autoridades competentes y es la fuente de derecho más
importante.
Ejemplo: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. G. O. No. 10875 del 24 de
febrero de 2017
Jurisprudencia
Es el conjunto de sentencias que se utilizan como base para tomar decisiones.
Costumbre
Al hacer uso repetido de algo conscientes de que estos actos son
obligatorios, se utiliza como fuente de derecho.
Alexis Germán (100293208)
Referencias
- Hans Kelsen. libro La Teoría pura del Derecho. Gernika. México.1993
- Floresgomez González, Fernando y Carvajal Moreno, Gustavo, Nociones de Derecho Positivo Mexicano, Editorial Porrúa, Vigésima quinta Edición, México 1986.
- Código Civil de la República Dominicana
- Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre
Alexis Germán (100293208)
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